En su título VI, el estatuto presenta la financiación de Cataluña. En primer lugar, destaca el carácter de bilateralidad entre el estado español y la propia Generalidad. No tratamos aquí si es constitucional o no, no nos importa ahora, sino la propia idea de algo así: un territorio concreto decide que los impuestos son suyos y que luego dispone de ellos, como unidad, para negociar con el estado. Pero no sólo eso, sino que hay, en su artículo 209, un hecho sorprendente: la Generalidad, es decir y según el propio estatuto Cataluña, decide sobre la política económica del resto de las autonomías.
Así se lee:
La Generalidad contribuye a la solidaridad con las demás comunidades autónomas, a fin de que los servicios prestados por los diferentes gobiernos autonómicos a sus ciudadanos puedan alcanzar niveles similares siempre y cuando lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar.
Es decir, la Generalidad toma un aire intervencionista: sólo cederá sus impuestos, y ahora vendrá la discusión de si son suyos, si la comunidad ajena cumple con su parte. Ahora bien, ¿quién decide cuál es su obligación, su “esfuerzo fiscal”? Pues, la propia Generalidad. Así el principio de bilateralidad no es sólo ya tal, injusto por sí, sino un principio intervencionista en la economía del resto de las autonomías. Un gobierno extraño, no votado y esto es lo que le diferencia del gobierno de la nación (no sé si poner española) que sí es votado en toda España (no sé si poner estado), decide sobre si otro gobierno autonómico cumple o no con “un esfuerzo fiscal similar” y, por lo tanto, decide si le ayuda o no. ¿Bilateralidad? No, intervencionismo.
Ahora bien, alguien puede decir: evitemos el artículo 209, eliminémoslo. Ahora, una vez hecho, ¿por qué es mala la bilateralidad preconizada? Para eso debemos volver al Preámbulo. Allí se dice lo siguiente:
De este modo, el presente Estatuto define las instituciones de la nación catalana y sus relaciones con los pueblos de España en un marco de libre solidaridad con las nacionalidades y las regiones que la conforman, compatible con el desarrollo de un Estado plurinacional.
Vean qué interesante: “marco de libre solidaridad”. Obsérvese que este estatuto hecho por la izquierda real, los que cobran como diputados al menos, no utiliza la expresión “relación justa” sino “libre solidaridad”. ¿Por qué? Pues por dos motivos. El primero hace referencia a un hecho general de la izquierda y es la sustitución de los conceptos con significado objetivo por aquellos con contenido subjetivo y que hacen referencia a situaciones de bondad personal no mensurables de acuerdo a un criterio más allá de las buenas intenciones. Así, ya lo analizaremos con más profundidad en otro momento, se sustituye justicia, criterio de proporción y discutible objetivamente, por solidaridad, criterio subjetivo, negando así de contenido el discurso.
Por otro, y más concreto aquí, es el permanente chantaje del rico. Al igual que doy lo que considero bueno, soy bondadoso y ejerzo la caridad ante los pobres, puedo tranquilamente dejar de hacerlo pues el criterio no está fuera de mí, la justicia, sino en mí, la solidaridad, caridad y amor, que siento hacia ti. Así, la negociación es permanente. Cataluña, o sea: la Generalidad, es el chantajista bondadoso. Porque te quiero te exijo. O te comportas o no te doy. Los impuestos pasan a sí a ser objeto no ya de retribución, justicia social discutible, sino de caridad, principio indiscutible pues es la subjetividad pura: el poderoso, como en el cepillo de la parroquia, decide cuanto da. El privilegio, no regulado fuera de la intención del fuerte, es el nuevo principio económico. El liberalismo puro y duro, basado en las relaciones interpersonales, triunfa frente a cualquier concepto incluso, fíjense qué débil, socialdemócrata.
Así se lee:
La Generalidad contribuye a la solidaridad con las demás comunidades autónomas, a fin de que los servicios prestados por los diferentes gobiernos autonómicos a sus ciudadanos puedan alcanzar niveles similares siempre y cuando lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar.
Es decir, la Generalidad toma un aire intervencionista: sólo cederá sus impuestos, y ahora vendrá la discusión de si son suyos, si la comunidad ajena cumple con su parte. Ahora bien, ¿quién decide cuál es su obligación, su “esfuerzo fiscal”? Pues, la propia Generalidad. Así el principio de bilateralidad no es sólo ya tal, injusto por sí, sino un principio intervencionista en la economía del resto de las autonomías. Un gobierno extraño, no votado y esto es lo que le diferencia del gobierno de la nación (no sé si poner española) que sí es votado en toda España (no sé si poner estado), decide sobre si otro gobierno autonómico cumple o no con “un esfuerzo fiscal similar” y, por lo tanto, decide si le ayuda o no. ¿Bilateralidad? No, intervencionismo.
Ahora bien, alguien puede decir: evitemos el artículo 209, eliminémoslo. Ahora, una vez hecho, ¿por qué es mala la bilateralidad preconizada? Para eso debemos volver al Preámbulo. Allí se dice lo siguiente:
De este modo, el presente Estatuto define las instituciones de la nación catalana y sus relaciones con los pueblos de España en un marco de libre solidaridad con las nacionalidades y las regiones que la conforman, compatible con el desarrollo de un Estado plurinacional.
Vean qué interesante: “marco de libre solidaridad”. Obsérvese que este estatuto hecho por la izquierda real, los que cobran como diputados al menos, no utiliza la expresión “relación justa” sino “libre solidaridad”. ¿Por qué? Pues por dos motivos. El primero hace referencia a un hecho general de la izquierda y es la sustitución de los conceptos con significado objetivo por aquellos con contenido subjetivo y que hacen referencia a situaciones de bondad personal no mensurables de acuerdo a un criterio más allá de las buenas intenciones. Así, ya lo analizaremos con más profundidad en otro momento, se sustituye justicia, criterio de proporción y discutible objetivamente, por solidaridad, criterio subjetivo, negando así de contenido el discurso.
Por otro, y más concreto aquí, es el permanente chantaje del rico. Al igual que doy lo que considero bueno, soy bondadoso y ejerzo la caridad ante los pobres, puedo tranquilamente dejar de hacerlo pues el criterio no está fuera de mí, la justicia, sino en mí, la solidaridad, caridad y amor, que siento hacia ti. Así, la negociación es permanente. Cataluña, o sea: la Generalidad, es el chantajista bondadoso. Porque te quiero te exijo. O te comportas o no te doy. Los impuestos pasan a sí a ser objeto no ya de retribución, justicia social discutible, sino de caridad, principio indiscutible pues es la subjetividad pura: el poderoso, como en el cepillo de la parroquia, decide cuanto da. El privilegio, no regulado fuera de la intención del fuerte, es el nuevo principio económico. El liberalismo puro y duro, basado en las relaciones interpersonales, triunfa frente a cualquier concepto incluso, fíjense qué débil, socialdemócrata.
4 comentarios:
Está usted equivocado.
La caridad, potestad del rico bondadoso, no tiene que ver con el liberalismo. Si no con la democracia cristiana, es decir en este caso con la derecha conservadora catalana. Es decir con CiU.
No, D. Pocholo. En el liberalismo hay sentido para la caridad privada a través del sentimiento de la simpatía. Lo que no hay, es un sistema de caridad pública estatal, cosa que sí defendería la democracia cristiana.
Por otro lado, no olvide usted que el tripartito es catalanista y de izquierdas, así se autotituló, y que ahora no vale ya echarle la culpa a CiU. El estauto es un producto, primordialmente, de la izquierda catalana y la incompetencia de Zapatero.
Falso don EP. El Estatuto fue concedido a las élites catalanas durante la Transición por las antiguas fuerzas franquistas, con el placet y, la ayuda en su elaboración, de gran parte de la oposición política al régimen.
Lo que es obra del "quatripartit", es la proposición de ley que ha llegado al Congreso desde Cataluña, para ser debatida y, si procede despues de enmendarla, aprobarla.
Menos demagogia y embustes, Don EP que vamos demasiado fuerte y demasiado rápido.
Por cierto, tal vez le interese pasarse por aquí:
http://blogs.periodistadigital.com/alejovidalquadras.php/2005/10/02/p1360#more1360
El artículo de hoy, tal vez le parezca más interesante...
Se titula "Nación étnica contra nación cívica".
Publicar un comentario