Empezamos
resumiendo. Señalábamos al principio de esta serie (artículo 1 y artículo 2) que el problema de los derechos de
los animales no se agotaba exclusivamente en el ámbito de un concepción
estrecha de la moral, entendida esta en su sentido lato tal y como piensa de
ella la posmodernidad, sino que requería una explicación fundamentada y esto
implicaba a la metafísica. Esta fundamentación metafísica empezaba por plantearnos
la realidad y cómo, defendíamos, esta existía de dos formas: una como Ser, que
se correspondería con la realidad natural, y otra como Deber Ser, que sería
aquella realidad creada por la racionalidad, pero que no era algo trascendente
sino también inmanente. Precisamente, y por ello, anticipábamos, los seres
racionales tenían derechos inalienables por sí mismo mientras que el resto de
los seres no racionales podían ser objetos de derecho, pues se les podían
conceder o donar derechos, pero nunca sujetos de derecho ni tener, por tanto,
derechos por sí mismos.
Corresponde
ahora, lógicamente, explicar ya esto último y desarrollar, por fin, por qué los
seres racionales, y los seres humanos como tales, son sujetos de derecho.
Hay
una explicación muy errónea sobre los derechos humanos que los sitúan como si
su fundamento fuera un acuerdo y ellos mismos por tanto fueran convencionales.
Se dice: los derechos humanos son un convenio. Es un mantra, sin embargo
equivocado. En realidad, los derechos humanos, los derechos de cualquier ser
racional existente, son universales y van unidos necesariamente a su propio
condición de ser racional. Y conviene explicar por qué. Y la clave de toda la explicación es la propia
racionalidad.
El
sujeto racional se caracteriza por la posesión de la capacidad de la razón. La
razón no es una experiencia particular o un forma de discurrir peculiar sino, y
esto es clave, universal. Efectivamente, la racionalidad, y no solo en las
reglas de inferencia lógica o el razonamiento de la matemática, sino también el
anhelo que la racionalidad lleva en sí, implica la universalidad. La razón
necesariamente tiende a generar universalidad y de ahí surge su figura clave
que es el concepto. Este anhelo de universalidad, que no está exento de peligro
por cierto en su realización política,
implica a su vez el tratamiento de lo real como universalizable y de ahí
que podamos conocer: sólo transformado lo particular en universal, en concepto,
es posible llegar a conocer, pues la infinitud de la experiencia particular nos
impediría llegar a conocer nada. Así, al situar el universal “perro” podemos
conocer intelectualmente la experiencia y no solo tenerla o padecerla como
hecho perceptivo.
De
esta forma, el sujeto racional en cuanto tal no es un mero individuo concreto,
como el resto de los animales, sino un sujeto universal y creador material, y
esta es la fundamental diferencia con el Idealismo, de la universalidad en
cuanto transforma permanentemente la
realidad solo particular en una realidad del deber ser universal. En el mundo
fáctico donde solo hay seres particulares sin sentido, y la razón impone un
orden racional ajeno a ese mismo mundo natural. Y de ahí, por ejemplo, que la
crítica auténtica a la Teoría del diseño
inteligente no sea una prueba científica, que también puede ayudar, sino
definitivamente comprender que en la realidad natural no existe ese diseño
armónico que se pretende justificar: nada hay tan falso como la idea de una
armonía natural. El mundo del Ser es un caos y solo la racionalidad lo
transforma en orden o bien explicándolo o bien dominándolo materialmente.
Así,
el sujeto racional reúne dos condiciones muy diferentes respecto al resto de
los seres vivos: primera, la creación material y vivencia en un mundo nuevo que
es el mundo del Deber Ser que se diferencia del natural; segundo, la capacidad
de constituirse como sujeto universal. Y ahí están las claves de los derechos
inalienables.
En
primer lugar, los seres racionales tienen derechos inalienables como tales
seres racionales, y no como individuo o especie animal, porque no pertenecen
como tales sujetos racionales al mundo del Ser, la realidad fáctica natural. En
la naturaleza no hay derechos ni deberes ni condición moral alguna. Sin
embargo, esta condición sí aparece en el Deber Ser pues surge desde y
exclusivamente la racionalidad. Por ello, los seres que solo viven en el mundo
natural no tienen carga moral en sí mismos.
En
segundo lugar, los animales no son universales sino particulares y concretos.
Las especies no existen como tales y solo hay individuos. Sin embargo, los
seres racionales son sujeto de universalidad, pues la están permanentemente
formando en su pensamiento, y sujetos en el Deber Ser, pues este solo existe, y
esto es importante de entender, a través de ellos. Así, el ser racional no es
solo un ser individual sino que actúa como agente universal y transforma el
mundo en esa dirección. El ser racional, le guste o no y esto también es
importante, es un legislador universal en sí mismo al tener en su racionalidad
el concepto de que todo lo que ocurre podría o debería ser de otra forma y que
esa forma debería asumir todas las acciones relacionadas con esa.
Además,
en tercer lugar, esta misma racionalidad le hace a su vez existir en la moral,
repetimos: quiera o no, y poder pensar en la ética. Los seres racionales al
vivir en el Deber Ser viven a su vez en la moral de una forma permanente y
consciente. Esto es así porque son capaces de conocer las consecuencias de sus
acciones; además, de juzgar y juzgarse; y, por último, de situarse a sí mismos
como la causa última de su comportamiento. Así, el ser moral no pertenece al
mundo natural sino al mundo racional. Y la moral, por ello, no es propia de los
animales pero sí de los sujetos racionales. Aunque no queramos, aunque no nos
guste, construimos un mundo moral, como muy bien sabía Nietzsche por cierto y
de ahí toda su teoría.
¿Pero
por qué derechos universales? Porque en esa perspectiva moral el ser racional,
aquí y ahora el ser humano, actúa siempre como legislador universal. Cuando
alguien piensa “Esto está mal/bien”, y lo pensamos constantemente, no lo dice
de la situación concreta sino de la acción universal: cualquier acción en esa
misma circunstancia estaría mal/bien. Y no lo dice solo para sí o para el
sujeto responsable de la acción, sino para todo sujeto causante de la acción. E
incluso el relativista lo plantea de modo universal al señalar que para todos debe ser relativo el juicio
moral. La razón exige el juicio moral universal y por ello el sujeto universal.
Y al hacerlo, exige que ese sujeto universal tenga universales derechos y
universales deberes: ambos unidos.
Y
así surgen los derechos universales. No son una mera convención, un acuerdo,
sino una conquista y una construcción de la racionalidad. En la dialéctica Ser
frente a Deber Ser –nota: es que me estoy emocionando- la racionalidad va
ganando terreno y sitúa su afán de universalidad en la realización no solo de
realidades materiales sino también culturales, que es en concreto donde cobran
sentido los derechos universales. Los derechos universales, y los deberes
universales a los que se asocian, forman parte de ese mundo del Deber Ser, como
la tecnología o el mundo artificial: son realidades objetivas construidas, y no
meras convenciones, por la racionalidad. Pero, como tales, no pertenecen al
mundo natural y solo al mundo formado por la racionalidad.
Resumo
–ya sé que me lo agradecen-. Los derechos universales pertenecen al sujeto
racional porque es a su vez como tal ser racional un sujeto universal que vive
en un mundo moral de derechos y deberes universales. Por supuesto, pueden, y en
cierta medida deben, extenderse más allá como acción de ese mismo sujeto
racional a otros seres no racionales. Pero, dicha extensión es producida
precisamente porque esos seres no racionales no son sujeto de derecho sino
objeto del mismo: los animales no racionales no tienen derechos en sí mismos.
Y
ya viene el final –nota: no se emocionen, queda uno más- ¿Pero esto del animalismo y demás ñoñerías posmodernas
qué significado real tiene a nivel político? Pues, ya contesto: es pensamiento reaccionario. Pero esto ya se lo explicamos en
breve.
5 comentarios:
Buenas.
No entiendo la diferencia entre sujeto y objeto de derecho. Cuando dices que el sujeto tiene derechos automáticamente y el objeto los tiene sólo concedidos, pareces dar a entender que el que los animales tengan o no derechos depende del capricho de los sujetos, y no creo que sea así. Me explico:
Coincido en que los derechos universales no son un convenio, o, si se quiere, son un convenio que intenta expresar una verdad objetiva, a la cual nos vamos aproximando progresivamente a medida que históricamente desarrollamos y matizamos esos derechos. Efectivamente, los derechos se han convenido, pero una cosa que ha facilitado enormemente ese convenio es el hecho de que los sujetos que participan en él poseen una racionalidad que les lleva a las mismas conclusiones: todos vislumbran, desde su racionalidad, el mismo mundo del Deber Ser. Lo vislumbran, es cierto, a veces imperfectamente, lo que hace necesaria la negociación y el convenio arbitrario en algunos puntos poco claros. Pero gracias al diálogo y a la experimentación de los errores del convenio inicial, éste puede ir perfeccionándose hasta que, en el límite asintótico de su desarrollo, los derechos convenidos llegarían a ser la expresión de ese mundo del Deber Ser.
En ese mundo, que aspira a la máxima universalidad, parece claro, por ejemplo, que cualquier ser capaz de placer y dolor físicos tiene derecho a no sufrir, mientras sea evitable. Los sujetos racionales, capaces de universalidad, nos damos cuenta de que el dolor es un drama, tanto para los individuos de nuestra propia especie como para los animales.
Y a donde quiero llegar es a que, si bien los animales sólo tienen derechos en tanto que otorgados por sujetos racionales, también es verdad que estos derechos serán siempre los mismos, independientemente de qué sujetos racionales los otorguen, pues todos los seres racionales reconocen el mismo mundo del Deber Ser, igual que reconocen los mismos teoremas matemáticos. Es decir, los sujetos racionales no deciden si los animales tienen o no derechos: eso está determinado en el mundo objetivo del Deber Ser, que los seres racionales sólo pueden leer, no modificar a voluntad. El hecho de que el mundo del Deber Ser sea objetivo hace que los animales tengan derechos automáticamente por el hecho de ser animales.
....Continúo
Supongo que esto es a lo que te refieres cuando dices: “Por supuesto, pueden [derechos y deberes], y en cierta medida deben, extenderse más allá como acción de ese mismo sujeto racional a otros seres no racionales”. Pero me gustaría que explicaras ese “en cierta medida deben”, que no parece muy categóricamente obligatorio. A efectos prácticos no hay diferencia entre sujetos y objetos de derecho (ambos tienen derechos automáticamente, por el hecho de ser quienes son), y me parece innecesario establecer una diferencia.
Por supuesto, de los animales haremos afirmaciones condicionales. Diremos cosas como: “No hay que asesinarlos, salvo que tengamos hambre”. De los seres humanos lo diríamos en absoluto: “No hay que asesinarlos, incluso aunque tengamos hambre”. Pero esto se debe, yo creo, no a una primacía metafísica del ser humano frente al animal, sino a una diferencia en las circunstancias. Si yo fuese un náufrago en un bote salvavidas con un compañero rollizo y suculento, quizás, si las circunstancias me obligasen, modificaría mis principios éticos respecto del ser humano. El mismo principio sigue siendo válido para seres humanos y animales: “no asesinarás a no ser que sea estrictamente necesario”; lo que pasa es que en circunstancias normales nunca es estrictamente necesario asesinar a un ser humano.
Con esto no quiero decir, por supuesto, que los animales siempre tengan los mismos derechos que los seres humanos. A cada especie, y acorde con sus propias características, le corresponden unos derechos y no otros. Un ser humano, por ejemplo, no debe ser sacrificado, mientras que a un perro sí se puede, si está enfermo o en circunstancias del estilo. Y esta diferencia tiene que ver con que el ser humano tiene un proyecto de vida, mientras que el perro vive en el presente, y cuando se le lleva a sacrificar ni si quiera sufre porque no sabe lo que está pasando. Si la muerte es indolora, está bien hecho. Incluso a veces los animales tienen derechos que no tienen los seres humanos. Por ejemplo, dejar abandonado a un animal durante una semana sería una crueldad, aunque le dejemos comida, pues éste no sabe que su amo volverá, lo que le hará sufrir enormemente durante esa semana. En cambio, podemos abandonar a un ser humano, mientras le expliquemos que volveremos y sepa apañárselas solo. Y esto también tiene que ver con que los animales viven en el presente, mientras que los seres humanos pueden proyectar hacia el futuro.
Estoy expectante del cuarto artículo...
Estimado Ibarra, me he perdido en algunas de sus explicaciones:
"El hecho de que el mundo del Deber Ser sea objetivo hace que los animales tengan derechos automáticamente por el hecho de ser animales."
Yo es que creo, simplificando mucho la exposición, que los derechos se pueden ejercer desde el "Yo" hacia fuera, en este caso si hablamos del ser humano "Yo" puedo reclamar mi derecho a...frente al resto de humanos.
Sin embargo, esto es inviable a nivel de otros organismos vivos, ninguno podrá reclamar su derecho...ni entre iguales ni para con otros.
Así más que otorgarles derechos que luego serían gestionados, a conveniencia como ocurre siempre, por los humanos, creo que desde ese Deber Ser lo que se nos impone éticamente es someternos a unas obligaciones para con el resto de seres vivos, solo por el mero hecho de que están vivos.
Porque, por otra parte, ¿qué derechos otorgaríamos a los animales, ya que si no son los mismos que para los humanos habrá que seleccionar?, ¿quién haría esa elección y en función de que criterios? ¿A qué grupos de "animales" incluimos, a qué otros seres vivos dejamos fuera y por qué motivo?
D. Ibarra:
disculpe la tardanza pero es el lío. El mundo del Deber Ser, que es desde donde yo creo que hay derechos, es tal por la razón. Cuando usted dice "cualquier ser capaz de placer y dolor físicos tiene derecho a no sufrir" no es cierto. Porque "no tener derecho" es una imposición sobre la realidad fáctica. Y esa imposición no se basa en el hecho de sufrir sino en ser racional y planterase que otra realidad es posible. Y esta realidad implica otra cosa que no pertenece la mundo empírico natural. Por eso, los animales no son sujetos de derecho, porque ellos no pueden pensar esa realidad ni construirla (no sé si me explico)
Publicar un comentario